Manuel Jesús Marín López
Publicado en Centro de Estudios de Consumo (CESCO)
El artículo analiza la sentencia del TJUE de 24 de octubre de 2024, que determina que una persona física que celebra un contrato de préstamo hipotecario para adquirir un inmueble destinado a arrendamiento puede ser considerada 'consumidor' bajo la Directiva 93/13, siempre que actúe con un propósito ajeno a su actividad profesional, independientemente de que obtenga beneficios económicos.
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title={La irrelevancia del ánimo de lucro para definir al consumidor persona física. Nota a la STJUE de 24 de octubre de 2024},
author={Manuel Jesús Marín López},
journal={Centro de Estudios de Consumo (CESCO)},
year={2025}
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