Manuel Jesús Marín López
Publicado en Centro de Estudios de Consumo (CESCO)
La publicación aborda la modificación del artículo 7.1.d) de la Directiva 2019/771 sobre contratos de compraventa de bienes, introducida por la Directiva 2024/1799, que promueve la reparación de bienes. Esta modificación implica que, para que un bien sea considerado conforme al contrato, debe cumplir con características como durabilidad y, ahora, reparabilidad. La inclusión de la reparabilidad como un criterio adicional para evaluar la conformidad de los bienes representa un cambio significativo en la normativa, obligando a los legisladores a adaptar la legislación nacional antes del 31 de julio de 2026.
El texto también aclara que la reparabilidad no se refiere simplemente a la capacidad de un bien para ser reparado, sino que está vinculada a requisitos específicos que deben cumplirse para que un bien sea considerado conforme. Esto implica que, además de la durabilidad, se deben tener en cuenta otros aspectos que afectan la conformidad del bien, lo que podría tener implicaciones importantes en la protección del consumidor y en la sostenibilidad del consumo.
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title={La "reparabilidad" como elemento para juzgar la conformidad del bien vendido con el contrato: el nuevo artículo 7.1.d) de la Directiva 2019/771, de 20 de mayo, de contratos de compraventa de bienes},
author={Manuel Jesús Marín López},
journal={Centro de Estudios de Consumo (CESCO)},
year={2025}
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